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Estabilidad laboral reforzada para toda la comunidad de enfermos catastróficos

  • Foto del escritor: Del Pozo & Asociados
    Del Pozo & Asociados
  • 19 jul 2020
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: 3 abr 2023


En el año 2009, la Universidad de Huelva, España, realizó un estudio en las Refinerías del Ecuador con el objeto de analizar los contaminantes químicos a los que eran expuestos sus trabajadores y cómo estos afectaban su salud.


Fueron 1200 los trabajadores evaluados en Esmeraldas, Shushufindi y Lago Agrio y, de ellos, se comprobó que muchos fueron expuestos a niveles peligrosos de compuestos químicos tóxicos, que terminaron por afectar gravemente su salud. En cuanto a las Refinerías, el informe concluyó que la de Esmeraldas era la peor mantenida y más contaminada por la presencia de compuestos como Benceno, Azufre y Sulfuro de hidrógeno.

Tras los exámenes médicos que se practicaron a los trabajadores, se reportó el padecimiento de múltiples enfermedades como leucemia, cáncer de próstata, hipertensión arterial, entre otras. De igual manera, en base a las evaluaciones médicas que se realizaron, se anticipó la probabilidad de que muchos de los trabajadores sufrirían afectaciones graves a su salud, instándose a la Empresa a adoptar las medidas necesarias para protegerlos.


5 años antes de que se realice este estudio, César ya fue diagnosticado con trombosis pulmonar, tras haber sido expuesto a estas sustancias tóxicas desde que ingreso a trabajar en la Empresa en el año 1988.

En términos sencillos, la trombosis pulmonar es un bloqueo súbito de una arteria pulmonar. Este bloqueo se produce por un coágulo que viaja a través del torrente sanguíneo hasta llegar a obstruir uno de los pulmones. El pulmón afectado sufre un daño permanente y esto genera el riesgo de que se produzcan otro tipo de lesiones en otros órganos del cuerpo, debido a los niveles bajos de oxígeno en la sangre.

Solo imaginemos por un momento, el daño grave que implica para la salud, el estar expuestos durante 16 años consecutivos o el equivalente a cerca de 30.000 horas, a sustancias tóxicas, catalogadas a nivel mundial, como cancerígenas.

Meses antes de que se publiquen los resultados del informe de salud ocupacional por parte de la Universidad de Huelva, César fue despedido intempestivamente de la Empresa, sin haberse considerado que por su condición de enfermo catastrófico, pertenecía a los grupos de atención prioritaria y en consecuencia, sus derechos merecían especial protección.


La Empresa mantuvo arbitrariamente el informe en reserva hasta finales del año 2010, cuando varios colectivos exigieron acceder a esta información, despertándose entonces el interés de los medios de comunicación nacional.


Es importante entender que, nuestros derechos se encuentran articulados y son mutuamente dependientes. Es así que, el derecho al trabajo es condición necesaria para garantizar el acceso a una vida digna, que asegure la salud, alimentación, vivienda, educación, entre otros y que, en el caso de César, la pérdida de su fuente de empleo y la imposibilidad de acceder a la seguridad social impactaba directamente en la rehabilitación de su salud, lo que implicaba violaciones graves a sus derechos.


Frente a esto, activamos en su momento la justicia constitucional, exigiendo se hagan efectivos los derechos que asistían a César, tomándose en cuenta su condición de vulnerabilidad.


En primera instancia el caso lo conoció un Tribunal de Garantías Penales, integrado por 3 jueces, quienes, a pesar de toda la evidencia, declararon que no existía violación de derechos, reduciendo el caso a un asunto de mera legalidad. Lamentablemente, el tribunal de apelación tampoco dio paso a nuestro justo reclamo, por lo que tuvimos que recurrir ante la Corte Constitucional.


El 22 de noviembre del 2017, 5 años después de haberse iniciado el proceso constitucional y 7 años después de haber sido arbitrariamente separado de la empresa, la Corte Constitucional finalmente se pronunció sobre el caso de César y declaró la violación de sus derechos, ordenando en sentencia como medidas de reparación integral lo siguiente:

  • La reincorporación de César como trabajador de la Empresa, en un cargo que no ponga en riesgo su salud.

  • El pago de todas las obligaciones pendientes de pago, relativas a la seguridad social ante el IESS, desde que fue separado de la Empresa.

  • Se reconoció a César el derecho a ser reparado económicamente, por las graves afectaciones que sufrió a su salud, imputables a la Empresa.

  • La capacitación, formación y educación en materia de derechos humanos, particularmente de los derechos de trabajadores con enfermedades catastróficas, dirigida a todo el personal de la Empresa.

  • La incorporación de estándares de protección a las personas con enfermedades catastróficas en la normativa laboral de la empresa.

De igual manera, marcándose un precedente constitucional importante, la Corte dictó su sentencia con efectos inter comunis y declaró como garantía de no repetición en favor de toda la comunidad de enfermos catastróficos que, debido a su condición de vulnerabilidad, estos colectivos gozan de un principio de estabilidad laboral reforzada, por lo que los empleadores deberán abstenerse de separar de sus puestos de trabajo a los miembros de esta comunidad.


En la actualidad, las condiciones laborales en las Refinerías todavía resultan en muchos sentidos precarias, las instalaciones de los complejos industriales presentan muchas fallas y los escándalos de corrupción solo revelan todos los problemas que existen en la industria hidrocarburífera, siendo nuestra obligación exigir el mejoramiento de estas condiciones y el respeto de nuestros derechos.






Nota para los lectores:


Para proteger la identidad de nuestros clientes no se develan datos esenciales que puedan poner en riesgo su información personal. Este artículo no debe ser considerado de ninguna manera como asesoría legal. Todos los hechos relatados en este artículo se sustentan en distinta documentación legal que reposa en los archivos del sistema judicial.


Abogado a cargo del caso:

Dr. Javier del Pozo V.

Fundador


 
 
 

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